Ir al contenido principal
Logo junta de extremadura

Inmersiones lingüísticas. Baremo provisional y reclamaciones

A partir de hoy 20 de marzo, las familias podrán consultar en Secretaría Virtual los datos de su solicitud. Tanto el baremo provisional como si se encuentra admitida o excluida y el motivo de exclusión. Las familias disponen de 10 días hábiles para rectificar errores en su solicitud y para presentar reclamaciones en caso de error en el baremo o en los motivos de exclusión, desde el viernes 21 de marzo al jueves 3 de abril.

Se adjunta este documento PDF en el que se indica cómo se puede acceder a la consulta del estado de su solicitud y del baremo provisional. Durante el periodo de subsanación se podrán realizar las siguientes acciones:

  • Las familias pueden consultar el estado y los datos de su solicitud en la Secretaría Virtual de Rayuela.

  • Pueden modificar cualquier dato que no sea correcto. Podrán realizar las siguientes rectificaciones:

    • Podrán modificar datos de contacto. Por favor, especial atención al email de contacto de las familias. En esa cuenta les llegará la información de la empresa en caso de que consigan plaza.

    • Podrán corregir errores en el registro de renta:

      • En algunos casos se ha indicado que el alumno solicitante ha recibido ingresos en el 2023. En el caso de que esto no sea correcto, podrán desmarcar esta opción.

      • En otros casos no se  ha dado autorización para la consulta de oficio de los datos de renta. Podrán marcar esta opción y recibir datos económicos de oficio.

      • Podrán adjuntar la documentación solicitada de renta en el caso de que no hayan autorizado la consulta de oficio.

    • Podrán modificar las preferencias en los turnos elegidos si se han equivocado.

  • Podrán presentar una reclamación en el caso de que haya errores en el baremo o en los motivos de exclusión. Para ello deben comprobar que la solicitud cuenta con la nota media del curso anterior y revisar la puntuación en el caso de que les corresponda por zona rural tal y como aparece en el Anexo II-A de la Resolución de 24 de febrero de 2025.